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Por qué votamos NO al fondo social de viviendas

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En primer lugar hay que decir que quién pone en alquiler las viviendas de este Fondo son un conjunto de entidades financieras:
Entidades financieras que han recibido miles de millones de euros de ayudas públicas y avales financieros que están siendo avalados por el Estado Español, lo que mes a mes contribuye al aumento de nuestro déficit público y parte de ese dinero es muy probable que no lo recuperemos.
Entidades financieras que han jugado un papel destacado en la formación de la burbuja inmobiliaria financiando los turbios y particulares negocios de las promotoras y grandes propietarios del suelo, tanto rústico como urbano. Aprovechando la defensa que hace la Constitución Española de la función social de la vivienda (art. 47) se han dedicado, en muchos casos, a favorecer la especulación urbanística.
Entidades financieras que no solamente se han quedado las viviendas a las que sus propietarios no podían hacer frente a los pagos (por un valor incluso del 50% del tasado en el momento de la venta) sino que además les han seguido reclamando el pago de la deuda restante más los intereses y las costas judiciales, a personas insolventes les han embargado nóminas, cuentas bancarias y han embargado a los avalistas de la vivienda. Es decir, miles de familias en España se enfrentan a una condena financiera de por vida, lo que les conduce a la exclusión social y a la economía sumergida. Además del daño psicológico que está produciendo en ellas.

Estas entidades financieras son quienes hoy vienen a ofrecernos viviendas en alquiler.

¿En qué consiste este fondo social de viviendas?:
Diversas entidades financieras ofrecen en alquiler viviendas de su propiedad, que lo son fruto de los desahucios provocados por impago de las cuotas hipotecarias al no poder hacer frente a ellas sus propietarios.
Se alquilarán exclusivamente a aquellas familias cuyo desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el fondo social de vivienda.
Dicho en castellano: quienes me han arrebatado la casa y me embargan y asfixian económicamente, vienen ahora a alquilarme la misma vivienda de la que me han echado o otra adquirida de forma similar. Yo pago doblemente por la vivienda y la entidad financiera continúa enriqueciéndose, ahora, además con este convenio, con el beneplácito del Ayuntamiento.
Estamos en contra de esta política de vivienda injusta, que ha conseguido que en un país con tres millones de pisos vacíos se expulse a familias, afectadas por la crisis, de su vivienda habitual por no poder hacer frente a los pagos y se les condene de por vida al pago de una deuda injusta.

Se llamará Fondo Social de la Vivienda pero no garantiza la función social que la vivienda debe tener, sino que más bien perpetúa la función especulativa que durante estos últimos años ha enriquecido a unos pocos.

 

Constitución Española:

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los

poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas

pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de

acuerdo con el interés general para impedir la especulación

La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

 

Artículo 128

Función

pública de la

riqueza

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está

subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá

reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de

monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere

el interés general.